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A través de FOETRA podés solicitar el seguro de caución para alquileres del Banco Ciudad que te facilita la garantía para acceder a tu vivienda en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La cobertura es para alquileres de hasta $250.000. El monto y la vigencia de la garantía equivale a los 36 meses del contrato.

Para gestionar la garantía tenés que contactarte a prestamos@foetrabsas.org.ar.

  • El seguro Garantía Ciudad, ¿genera una cuota mensual? No, el pago se realiza por única vez al emitirse la Póliza.
  • ¿La Póliza se renueva todos los años? La vigencia de la Póliza es por la duración del contrato de alquiler.
  • ¿La contratación tiene límite de edad? Si, 70 años.
  • ¿Tiene edad límite de permanencia? No, hasta los 70 años inclusive se puede contratar. Una vez iniciado el contrato no se verifica la edad de permanencia.
  • Si tiene más de 70 años, pero se encuentra en actividad, ¿puede contratar este seguro? No, la edad máxima de contratación es 70 años independientemente de la actividad que realice el cliente.
  • En caso de requerirse fiador, ¿pueden ser tomador y fiador Jubilados? No, solo uno de los dos puede ser Jubilado.
  • ¿Qué es la ocupación indebida? La ocupación indebida es la ocupación del inmueble una vez finalizado el contrato.
  • ¿Es lo mismo si la contratación la realizo en CABA o en el interior del país? No, la diferencia se encuentra en la obligatoriedad de presentar un fiador para contratar el seguro en las sucursales que se encuentran en el interior del país. En esos casos, independientemente de la relación cuota/ingreso, los clientes deberán presentar un fiador como requisito excluyente.
  • ¿Puedo sacar un seguro siendo estudiante sin ingresos? Sí, pero se deberá presentar un fiador como requisito excluyente.
  • Si realicé el cambio de categoría de Monotributo en el último mes, ¿qué categoría consideran? En estos casos se considerarán los ingresos de la categoría actual.
  • ¿Qué antigüedad solicitan en relación a los impuestos activos en AFIP? Se va a requerir un año de antigüedad.
  • Para verificar los antecedentes del cliente, ¿sólo puedo usar Nosis? No, pueden verificarse los antecedentes tanto en Nosis como en Veraz.
  • ¿Puedo anular la Póliza? Sí, en los casos en que no se lleve a cabo la firma del contrato se podrá anular la Póliza, pero el cliente deberá presentar en la compañía una nota emitida por el propietario dejando constancia.
  • Al dar de alta el Seguro en el aplicativo Ceibo, ¿tengo que cargar los datos del Fiador? No, no se ingresan los datos del fiador. Solo se menciona al final de la carga junto con el ingreso de la documentación. Ver proceso de carga en el instructivo del aplicativo Ceibo.
  • ¿Cuánto tiempo demora el proceso de alta? El proceso de alta demora 24hs máximo, salvo que falte documentación o se hayan ingresado mal los datos.
  • ¿La Suma Asegurada se ajusta? El valor de la Suma Asegurada corresponde al alquiler + las expensas equivalentes a todo el contrato. Estos valores (alquiler y expensas) se ajustarán según IPL al cumplirse el primer y segundo año de la póliza solo al momento de la cobertura.
  • ¿Puedo abonar con cualquier medio de pago? No, solo se puede abonar con tarjeta de débito (CBU) o crédito del Banco Ciudad.
  • Si elijo pagar en 6 cuotas con mi tarjeta de crédito, ¿me afecta el límite de financiación disponible? No,la financiación no se realiza por medio de la tarjeta de crédito, sino que la compañía emite el cobro de la Póliza dividiendo el valor en 6 cuotas que van a ingresar mes a mes en el resumen de la tarjeta como un consumo en un pago.
  • Para el cálculo de la relación cuota/ingreso, ¿se consideran los préstamos que el cliente tiene en el Banco? No, lo único que se tiene en cuenta para la establecer la relación cuota/ingreso es la suma del Alquiler más las expensas.
  • Cláusula en el contrato de alquiler: ¿esta cláusula ya tiene que venir en el borrador? ¿Se debe solicitar el contrato definitivo? Si el borrador del contrato de alquiler ya incluye la cláusula, es suficiente. De lo contrario, se lo solicitará la compañía aseguradora al cliente como parte del proceso de alta al momento de la firma del formulario digital. Con respecto al contrato definitivo, se le llama borrador de contrato, pero se entiende que es la versión del documento que se va a firmar. No es necesario solicitar el contrato firmado por las partes.
  • El valor del alquiler + expensas, ¿debe presentarse por medio de una declaración jurada o documento de respaldo? No, no se requiere declaración jurada ni documentación, es solo el dato que permite fijar los valores en la cotización y posteriormente en la póliza.
  • En el caso de los ingresos de Autónomos, ¿se puede considerar la certificación de ingresos o DDJJ de IVA? Sí, cualquiera de las dos es válida.
  • Para establecer el año de antigüedad de empleados en relación de dependencia, ¿aplica continuidad laboral? No, no aplica continuidad laboral. Se considera la antigüedad que surge del recibo de sueldo.
  • ¿Qué documentación se le debe solicitar a los jubilados? Los jubilados deben presentar el último recibo.
  • ¿Un mismo cliente puede ser fiador de dos Pólizas? Sí, la compañía no realiza un cruce de datos al dar de alta la Póliza.
  • ¿El pago de la Póliza puede realizarse con el medio de pago de un tercero? No, el pago de la Póliza es una carga del tomador y el medio de pago debe corresponder a este último.